Valdemoro Réquiem...

Bienvenidas sean, gentes de Valdemoro y de más allá de este bendito foro. Soy Baldomero Descartes. Nací en Valdemoro hace ochenta años y unos cuantos meses. Caí en medio de la Plaza de la Villa, la que hoy es de la Constitución. Quiso Dios que mi querida madre diera a luz allí mismo, hiciera anécdota y me trajera a este mundo lleno de tinieblas...

lunes, noviembre 20, 2006

valdemororequiem01

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¿Qué quieren ustedes que haga yo?
En Valdemoro, las personas que han perdido el tiempo para ser escuchadas por el alcalde-presidente actual son ya incontables. Dadas las trabas oficiales, lo han intentado de las formas más curiosas: ocupando butacas en los plenos, subiendo a su despacho sin avisar, encerrándose en los retretes del Consistorio, esperándolo en la entrada, asistiendo a los selectos restaurantes y garitos frecuentados por el cabecilla, saliéndole al paso en la calle o en cualquier acto público.
Una vez forzada la breve audiencia, muchos han sido los problemas mostrados por nuestros ciudadanos a su inaccesible y evasivo regidor consistorial. Como si de frase mágica se tratara, una de las respuestas más repetidas por nuestro alcalde-presidente los últimos meses resuena en mi mente como pegajosa melodía veraniega. Sus letras, grabadas a fuego en el lomo popular, llevan esta sugestiva composición: “¿Qué quieren ustedes que haga yo?”
Cansado de oírla, pero sin hacer caso de malos pensamientos o sentimientos, consulté datos en mi nutrido archivo valdemoreño. Éste me reveló que, según los presupuestos de 2006, nuestro alcalde-presidente ingresa cada mes en sus arcas personales, y doble en las pagas de verano y Navidad, 1.408,90 euros por sueldo base, 2.730,82 euros por plus de actividad y 1.010,74 euros por plus extra salarial.
Cantidades que le hacen un salario mensual de 5.150,46 euros (856.964 de las anteriores pesetas) y un salario anual de 72.106,48 euros con el preciso redondeo de los céntimos (11.997.508 pesetas). Un sueldo oficial nada desdeñable, parte de la cifra total que compone las nóminas de todos nuestros ediles.
Hay quienes dicen que este apetecible salario no es mucho en relación con la responsabilidad directiva que entraña, argumentando que en la empresa privada es mucho mayor. No obstante, y sin contar con presuntas “posturas de egipcio” – una mano coge de manera visible por delante y la otra de forma oscura por detrás – las pagas de nuestros cabecillas no son nada desdeñables si tenemos en cuenta sus sudores laborales.
Esfuerzos profesionales que no debemos confundir con el palique o la extraordinaria capacidad para cacarear durante horas según conveniencias. Monsergas cansinas e improductivas que en los serios negocios privados contarían, a buen seguro, con escaso apoyo y dinero.
Asimismo, y gracias al Real Decreto 2568-1986, de 28 de noviembre, por el que se aprobó el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de los Gobiernos Locales, es conveniente saber que nuestro alcalde-presidente tiene, en resumen, las siguientes competencias:
1- Representar al Ayuntamiento y presidir los actos públicos.
2- Dirigir el Gobierno y la Administración municipales.
3- Nombrar y cesar a los tenientes de alcalde y a los miembros de la Comisión de Gobierno.
4- Convocar y presidir las sesiones de Pleno, de Comisión de Gobierno y otras.
5- Hacer cumplir las ordenanzas y reglamentos municipales.
6- Dirigir, impulsar e inspeccionar las obras y servicios.
7- Exigir a todos los obligados el exacto y diligente cumplimiento de los servicios o cargas de carácter público.
8- Dirigir la policía urbana, rural, sanitaria, de subsistencia, de seguridad y circulación, y de costumbres.
9- La concesión de licencias, de apertura de establecimientos fabriles, industriales o comerciales y de cualquier otra índole.
10- Presidir subastas y concursos para venta, arrendamientos, obras, servicios y suministros, y adjudicar los que sean de su competencia.
11- La contratación y concesión de obras, servicios y suministros cuya cuantía no exceda del 5% del límite general. Así como los demás que, excediendo, tengan duración no superior a un año o no exijan créditos no superiores a los consignados.
12- Suscribir escrituras, documentos y pólizas.
13- Dictar bandos.
14- Desempeñar la jefatura superior de todo el personal de la Corporación y ejercer todas las atribuciones en materia de personal que no sean del Pleno ni del Estado:
a) Efectuar convocatorias derivadas de la oferta anual de empleo público, nombrar funcionarios de carrera.
b) Resolver las convocatorias y concursos para la provisión de puestos de trabajo de libre designación.
c) Contratar y despedir al personal laboral.
d) Nombrar y cesar al personal interino y eventual.
e) Ordenar la instrucción de expedientes disciplinarios.
f) Premiar y sancionar a todo el personal de la Corporación.
g) La declaración de situaciones administrativas, así como la jubilación de todo el personal.
h) La asignación individualizada del complemento de productividad y de las gratificaciones.
15- Ejercer la jefatura directa de la policía municipal, así como el nombramiento y sanción de los funcionarios que usen armas.
16- Formar los proyectos de presupuestos con la antelación necesaria.
17- Disponer gastos dentro de los límites de su competencia, ordenar todos los pagos y autorizar los documentos que impliquen formalizar ingresos de depositaría.
18- Desarrollar la gestión económica municipal y rendir cuentas a la Corporación.
19- Organizar los servicios de recaudación y tesorería.
20- Conservar en su poder una de las tres llaves del arca de caudales y asistir a los arqueos.
21- Aprobar las facturas que correspondan al desarrollo normal del presupuesto.
22- Ejercitar acciones judiciales y administrativas en caso de urgencia.
23- Sancionar las faltas de obediencia a su autoridad o infracción de las ordenanzas.
24- Adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad en caso de catástrofe, las medidas necesarias y adecuadas.
25- Publicar, ejecutar y hacer cumplir los acuerdos del Ayuntamiento.
26- La convocatoria de las consultas populares municipales.
27- Las demás que le atribuyan las leyes del Estado y la Comunidad.
Conocida esta interesante información, cabe añadir que, por aquella paga y por estos poderes, los valdemoreños queremos de nuestro alcalde-presidente un sano juicio, la efectividad de su labor para con nosotros y el buen uso, además del conocimiento, de sus obligaciones y competencias.
No apreciamos, en absoluto, que se escaquee mientras empuña su bastón de mando prestado. Ni que se haya acostumbrado a lanzar patrañas para intentar colar tantos deslices. Ni que, tan a menudo, se ponga el traje de luces y pretenda torear a sus vecinos no allegados como si fueran reses de toril o de poca monta.

baldomerodescartes@yahoo.es